AA.VV
La explosión de internet ha hecho que el fenómeno de la viviendaresidencial destinada a alojamiento turístico se haya multiplicado.Es un fenómeno mundial cuyo impacto en el turismo tradicional, asícomo en la vida de las ciudades está en el candelero en todos lospaíses. En España el crecimiento exponencial de la vivienda vacacional ha ido acompañado de una multiplicación de la normativa aplicable.La vivienda vacacional como establecimiento extrahotelero se regulópor primera vez en España en una Orden Ministerial de 1967, en cuyaexposición de motivos se incidía en la importancia de dicha ofertaalojativa como una clara alternativa a la de los hoteles en un paístan turístico como entonces empezaba a ser España. Los arrendamientosde temporada de viviendas residenciales en destinos turísticos era una forma muy habitual de disfrutar las vacaciones. En 1982 se regularonmediante un Real Decreto las viviendas vacacionales de forma uniforme. Sin embargo, desde la implementación de la Directiva Bolkenstein y la modificación del artículo 5 de la Ley de Arrendamientos Urbanos paraexcluir de la regulación de dicha ley la cesión temporal de uso deviviendas comercializadas en canales de oferta turística, haconllevado que prolifere tanto la normativa autonómica como la localsobre la materia, generando importantes diferencias en las condiciones de acceso a dicha actividad, planteando con ello problemasconcurrenciales. En la multiplicación del fenómeno se da asimismo unadualidad entre la economía colaborativa por un lado y una auténticaactividad económica. La relevancia del fenómeno no se queda sólo ahísino plantea numerosas cuestiones en el ámbito fiscal, de seguridadpública, de competencia desleal, convivencia en comunidades depropietarios, fraude, impacto en el mercado inmobiliario,gentrificación, etc.La presente obra pretende dar una respuesta a dichas preguntas, siendo su consulta de utilidad para todos aquellos que se propongandedicarse a la actividad, así como a los que deseen entender elfenómeno.