TRIBUNAL ARBITRAL DE BARCELONA
PresentaciónXXV AÑOS DEL TRIBUNAL ARBITRAL DE BARCELONASe han cumplido ya 25 años desde la creación del Tribunal Arbitral deBarcelona,coeditor de esta revista.Fue la ley 36/1988, de 5 de diciembre, de Arbitraje la que abrió laspuertas al arbitraje institucional, y permitió que las partes pudieran encomendar la administración del arbitraje y la designación deárbitros a corporaciones y asociaciones sin ánimo de lucro, cuyosestatutos incluyeran funciones arbitrales.Muy poco tiempo después se constituyó «L’Associació Catalana per al’Arbitratge» y en febrero de 1989 inició sus actividades el TribunalArbitral de Barcelona.No fueron pocas las dificultades con las que se encontraron lospromotores del TAB, que tuvieron que vencer y superar actitudescontrarias al arbitraje. Sin su esfuerzo y dedicación la empresahabría fracasado. Años después, con el fin de fomentar el arbitraje yfavorecer el arbitraje internacional, se promulgó la ley 60/2003, de23 de diciembre, basada en la ley modelo CNUDMI/UNCITRAL, que enlíneas generales fue bien aceptada tanto por el sector como por ladoctrina especializada. La reforma de la citada ley, por la ley11/2011, de 20 de mayo, que comentamos ampliamente en anterioresediciones de este Anuario, reguló por primera vez con carácter legal y general el arbitraje societario, dispuso que el árbitro en derechodebía tener la condición de jurista (no solo abogado en ejercicio), yconfirió a los Tribunales Superiores de Justicia competencias enmateria de control y apoyo del arbitraje. Durante estos años elTribunal Arbitral de Barcelona ha administrado aproximadamente 2000procedimientos arbitrales sobre cuestiones muy diversas, conpredominio de conflictos societarios, de ejecución de obras y en losúltimos años de productos financieros. Últimamente el TAB ha aprobado un nuevo procedimiento abreviado(fast-track)para asuntos de menor cuantía, con una significativa bonificación dela tarifa. También se ha elaborado, siguiendo las tendenciasinternacionales, un reglamento del árbitro de emergencia que puedaadoptar medidas cautelares antes del nombramiento del árbitro delprocedimiento. Todo ello ha de contribuir sin duda a la consolidacióndel arbitraje, lo que constituye unos de los principales objetivos dela revista que el lector tiene en sus manos. Los trabajos que en ellase publican, que abordan muy diversas cuestiones relacionadas con elmundo arbitral, son una buena prueba de ello. Francisco Tusquets Trías de Bes (Director)