El Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo fue la primera -y a la postre, única- organización internacional creada con el propósitoexplícito de corporeizar el nuevo orden político y económico quesurgía en Europa después de 1989 , es decir, una nueva relaciónEste-Oeste que sustituía el enfrentamiento entre bloquespoliticoeconómicos , que había caracterizado la Guerra Fría, por unacooperación basada en el consenso en torno a los valores de lademocracia pluralista y la economía de mercado.El proyecto del BERD suscitó, en sus primeros años, un gran interés en medios políticos y académicos por presentar algunos rasgos inéditoshasta entonces en una institución financiera internacional, como sucondicionamiento político, su mandato medioambiental o laparticipación de la Comunidad Económica Europea como miembro fundador. Sin embargo, el establecimiento de estos innovadores mandatos no sevio acompañado de los medios necesarios para hacerlos eficaces, por lo que, en la práctica, las actuaciones del Banco en estos ámbitos nohan hecho más que desarrollar o reproducir las decisiones adoptadas en otros foros, como la Unión Europea, el G-8 o las instituciones deBretton Woods. Pese a estas carencias, no obstante, los gestores delBERD han sabido crear, a partir del soporte jurídico del Convenioconstitutivo, un determinado modelo de institución de cooperación aldesarrollo, caracterizado por la interacción directa con todo tipo deoperadores públicos y privados, desde Estados y organizacionesinternacionales hasta empresas, entidades sin ánimo de lucro y simples particulares, que ha conseguido un notable éxito en su implantación.Todo ello ha planteado una serie de cuestiones de carácter jurídico einstitucional, que son las que centran el objeto de este libro. Lascondiciones en que se creó el BERD y las diversas opciones que sebarajaron en su configuración institucional; los problemas suscitadospor la participación de la CEE y el BEI, por una parte, y de la URSS,por la otra; la función del BERD en la adaptación de las sociedadessalidas del "socialismo real" a los principios de la democraciapluralista y la economía de mercado y su relación con el principio delibre determinación; el diferente estatus institucional de losmiembros beneficiarios respecto a los demás miembros, el controldemocrático de la institución y, finalmente, la relación entre laactividad del Banco con operadores privados y sus inmunidades comoinstitución financiera internacional. En síntesis, se trata deanalizar los aspectos jurídicos e institucionales de un modelo decooperación financiera cuya implantación puede servir de referente enla reflexión sobre la posible reforma de la arquitectura financierainternacional, tema hoy de candente actualidad.