CARRASCO PERERA,ANGEL / CORDON MORENO,F
Desde hace cuatro años la jurisprudencia de Juzgados y Audiencias está convulsionada y desbordada por reclamaciones de particulares contraentidades y establecimientos financieros emisores de tarjetas decrédito. La razón es la pretendida naturaleza usuraria de losintereses remuneratorios que se están cobrando en España en el sectorde mercado de las tarjetas de crédito. Es un precio casi constante, en el margen entre el 20 y el 25%, unánime y normal. Todo proviene deque en 2015 el Tribunal Supremo dictó una célebre sentencia ("SygmaMediatis") en la que - a falta en aquel entonces de otros datos másprecisos- consideró que el estándar de normalidad de la Ley de Usuratiene que tomarse del interés que se viene ordinariamente cobrando enel mercado de créditos de consumo en general. A partir especialmentedel año 2017, la jurisprudencia de Audiencias está dividida alrespecto.