A partir del 26 de noviembre de 2015, los usuarios profesionales yvendedores de productos fitosanitarios en Espa¤a deber n poseer uncarn‚ que acredite los conocimientos apropiados para ejercer suactividad, seg£n los niveles de capacitaci¢n establecidos en elart¡culo 18 y las materias especificadas para cada nivel en el RealDecreto 1311/2012, de 14 de septiembre, Anexo IV, por el que se fijael marco de actuaci¢n para conseguir un uso sostenible de losproductos fitosanitarios.