El empleo de nuevas denominaciones para contratos previos a lacompraventa de vivienda, ha generado una importante conflictividad enorden a establecer su verdadera naturaleza y contenido. Unacalificación e interpretación correcta de estos acuerdos esimprescindible para determinar con exactitud los derechos yobligaciones que promotor-vendedor y futuro adquirente asumen en razón de los mismos. En la obra se pretende analizar con detenimiento eldenominado en la práctica inmobiliaria "contrato de reserva devivienda", siendo para ello imprescindible acometer un examen de otros contratos previos ya conocidos: La promesa bilateral de compra yventa, la promesa unilateral de venta, la opción o el pacto deprelación, son supuestos tradicionales a los que en ocasiones seasimila el contrato de reserva. La necesidad de esclarecer si estasnuevas designaciones responden o no a aquellos acuerdos previos, esconsecuencia de una jurisprudencia dispar, acaso debido a la ausenciaen nuestra legislación estatal de un régimen pormenorizado de losmismos. Sin embargo, el contrato de reserva de vivienda es objeto deregulación en el Código de la Construcción y de la Vivienda francés,cuyo examen nos servirá para establecer ciertas pautas que permitanconcretar su contenido.